Comparativa del ITP por CCAA 2026
Consulta las tablas actualizadas del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) por CCAA en 2026: tipos generales, bonificaciones y exenciones.
En este artículo
La adquisición onerosa de bienes inmuebles de segunda mano en el mercado español exige un cálculo riguroso del coste de cierre fiscal, determinado por una asimetría impositiva territorial de hasta cuatro puntos porcentuales. Esta guia técnica articula una Comparativa del ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) por Comunidades Autónomas en 2026, desgranando la base imponible vinculada al valor de referencia catastral, la liquidación de tributos accesorios y los estándares procesales de due diligence registral indispensables para neutralizar contingencias tributarias.
Determinación de la base imponible y gravámenes autonómicos de TPO en 2026
Conforme al artículo 10 del Real Decreto Legislativo 1/1993 (TRLITPAJD), tras la reforma introducida por la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, la base imponible de la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO) queda fijada por el mayor de dos importes: el precio pactado y declarado en la escritura pública o el Valor de Referencia de la Dirección General del Catastro a la fecha del devengo. Cuando el inmueble carece de valor de referencia asignado o este no puede certificarse, la Administración autonómica liquida sobre el valor declarado, sin perjuicio de su potestad de comprobación mediante tasación pericial conforme al artículo 57 de la Ley General Tributaria 58/2003.
La cesión de competencias normativas a las Comunidades Autónomas ha consolidado marcos impositivos dispares para el ejercicio 2026. Frente al 6% general de la Comunidad de Madrid o el 7% de Andalucía (fijado por la Ley 5/2021 de tributos cedidos), territorios como Castilla-La Mancha aplican un 9% general, y Cataluña grava al 10%, incrementando la tarifa marginal al 11% en bases liquidables que exceden el millón de euros.
| Comunidad Autónoma / Mercado | Tipo ITP General (2026) vs IAJD Obra Nueva | Precios Medios (€/m²) y Yield (Bruta / Neta) | Contingencias Jurídico-Fiscales Críticas |
|---|---|---|---|
| Comunidad de Madrid Madrid Central / Corona Metropolitana |
ITP: 6,00% IAJD: 0,75% |
3.800 – 5.500 €/m² Bruta: 4,8% | Neta: 3,5% |
Riesgo de complementaria al escriturar por debajo del valor de referencia catastral motivado por reformas integrales pendientes. |
| Andalucía Costa del Sol / Sevilla Capital |
ITP: 7,00% IAJD: 1,20% |
2.500 – 4.100 €/m² Bruta: 5,7% | Neta: 4,2% |
Desajustes registrales en fincas segregadas y afecciones por deudas comunitarias en urbanizaciones y complejos mixtos. |
| Castilla-La Mancha Toledo / Corredor del Henares |
ITP: 9,00% IAJD: 1,50% |
1.150 – 1.900 €/m² Bruta: 7,2% | Neta: 5,2% |
Impacto del tipo impositivo inicial (9%) sobre el apalancamiento, requiriendo mayor horizonte temporal para recuperar el coste de transacción. |
| Cataluña Barcelona / Áreas Urbanas Tensionadas |
ITP: 10,00% (11% > 1 M€) IAJD: 1,50% |
3.200 – 4.700 €/m² Bruta: 5,2% | Neta: 3,3% |
Límites al alquiler derivados del índice de contención (Ley 12/2023) y exhaustiva fiscalización inspectora por parte de la ATC. |
Los tipos impositivos son los generales aplicables a la compra de vivienda usada y deben verificarse en la normativa autonómica vigente. Los precios por metro cuadrado y las rentabilidades de la tabla son estimaciones de trabajo, no datos oficiales: contrástalos con transacciones reales de la zona antes de usarlos en una valoración.
Liquidación tributaria complementaria: IAJD e IIVTNU tras la doctrina del Tribunal Constitucional
La formalización notarial y registral genera cargas tributarias adicionales que deben calcularse en la estructuración financiera de la adquisición junto con las opciones de financiación analizadas en nuestra guía sobre hipotecas a tipo fijo vs mixto en 2026 o la compraventa con subrogación de hipoteca:
Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)
La cuota gradual del documento notarial (art. 31.2 del TRLITPAJD) grava las escrituras matrices y actas notariales de cuantía valuable inscribibles en el Registro de la Propiedad, siempre que no estén sujetas a TPO o al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En transmisiones sujetas a IVA (obra nueva al 10%), el IAJD oscila entre el 0,5% en Canarias y el 1,5% en Cataluña y Castilla-La Mancha, situándose en el 0,75% en Madrid y el 1,20% en Andalucía. En segunda mano, el gravamen aplica de forma residual a la cancelación formal de hipotecas previas otorgada por la parte vendedora.
IIVTNU (Plusvalía Municipal) tras la STC 182/2021
Tras la Sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, de 26 de octubre, y su trasposición mediante el Real Decreto-ley 26/2021 (incorporado al TRLHL, arts. 104 a 110), el transmitente liquida el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana eligiendo el método más favorable (consulte nuestra guía monográfica de la Plusvalía Municipal tras la sentencia del Tribunal Constitucional):
- Método objetivo: Multiplica el valor catastral del suelo (verificable en la Auditoría Catastral Oficial) por coeficientes legales anuales fijados por cada consistorio en función de los años de tenencia (máximo 20 años).
- Método real: Grava la diferencia efectiva entre el valor de transmisión y el de adquisición de la porción de suelo acreditada en los títulos traslativos. Si se demuestra pérdida patrimonial o minusvalía (art. 104.5 TRLHL), la operación goza de no sujeción. Si el activo procede de un caudal sucesorio, revise la documentación y trámites para vender un piso heredado.
El adquirente debe verificar la liquidación tempestiva o retener cautelarmente el importe devengado si el vendedor ostenta la condición fiscal de no residente, en virtud del artículo 106.2 del TRLHL.
Protocolo de Due Diligence registral, técnica y administrativa
Antes de elevar a público cualquier contrato privado de arras o compraventa, el perito tasador y el letrado inmobiliario deben ejecutar un protocolo de comprobación documental estructurado en cinco fases:
- Nota Simple continuada y certificado de dominio y cargas: Verificación telemática registral en tiempo real para descartar embargos ejecutivos, servidumbres prediales, derechos de tanteo y retracto legal, o afecciones tributarias prescritas o activas.
- Certificado de solvencia tributaria del IBI: Obtención de justificante acreditativo emitido por el servicio de recaudación municipal de estar al corriente en el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de los últimos cuatro ejercicios fiscales no prescritos (artículo 64 del TRLHL), evitando la afección real del inmueble.
- Certificado de saldo deudor cero de la Comunidad de Propietarios: Expedido por el secretario-administrador con el visto bueno del presidente (artículo 9.1.e de la Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal), explicitando la inexistencia de cuotas vencidas y detallando derramas extraordinarias aprobadas pendientes de liquidación.
- Inspección Técnica de Edificios (ITE) / Informe de Evaluación del Edificio (IEE): Certificación del estado de conservación de cimentación, estructura, estanqueidad de cubiertas y accesibilidad conforme a la normativa autonómica y municipal.
- Certificado de Eficiencia Energética (CEE): Inscripción preceptiva en el registro autonómico en aplicación del Real Decreto 390/2021, determinante para el cálculo de amortizaciones, desgravaciones y adecuación técnica al estándar de habitabilidad.
Incidencia de la LAU y la Ley 12/2023 en activos para arrendamiento
Cuando el activo adquirido se destina a la explotación arrendaticia residencial, la rentabilidad neta queda directamente supeditada al marco legal imperativo:
- Prórroga obligatoria (artículo 9 de la LAU 29/1994 y Ley 12/2023): Duración contractual obligatoria de hasta cinco años si el arrendador es persona física, o siete años si es persona jurídica, blindando el uso habitacional a favor del arrendatario frente a ventas sobrevenidas.
- Tácita reconducción legal (artículo 10 de la LAU): Prórroga anual hasta un máximo de tres años adicionales si ninguna de las partes notifica con antelación imperativa (cuatro meses para el arrendador, dos meses para el arrendatario) su extinción.
- Fianza legal (artículo 36 de la LAU): un mes de renta en vivienda (dos en uso distinto). Donde la comunidad autónoma exija depositar la fianza en el organismo público correspondiente (IVIMA en Madrid, AVRA en Andalucía, INCASÒL en Cataluña), deben comprobarse el plazo y el régimen sancionador autonómico.
Consejos periciales de blindaje patrimonial
Desde la praxis judicial y tasadora, se sintetizan tres consejos operativos esenciales para inversores y compradores en 2026:
- Auditar el Valor de Referencia antes de firmar arras: Cotejar previamente en la sede electrónica del Catastro el valor fiscal liquidable. Si este supera el valor real de mercado debido al estado ruinoso o desactualizado del inmueble, debe provisionarse la cuota tributaria completa del ITP o articularse la impugnación de la autoliquidación con tasación pericial contradictoria.
- Pactar retenciones notariales expresas: Consignar en escritura pública la retención de importes dinerarios equivalentes al IIVTNU estimado, suministros pendientes y derramas acordadas en actas comunitarias previas.
- Provisionar el cálculo de rentabilidad en base neta: Descontar del flujo de caja bruto no solo el ITP prorrateado y el IBI, sino el coste de amortización fiscal del vuelo (3%), seguros de caución de impago de rentas y el coste financiero de la inmovilización de depósitos legales.
Gabinete Técnico de InmoGestiones
Contenido elaborado por el gabinete técnico de InmoGestiones. Contrastamos la normativa y las fuentes oficiales citadas antes de publicar. Esta guía no sustituye el asesoramiento jurídico individualizado.
Actualizado el 31 de octubre de 2026 · Conocer el equipo
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